MEIC DENUNCIA GIMNASIOS POR INCUMPLIMIENTOS Y CLÁUSULAS ABUSIVAS EN CONTRATOS

Entre abril y julio, el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), realizó una novedosa fiscalización en los contratos de 10 comercios de acondicionamiento físico, tipo gimnasios, tanto de cadena como independientes,

El resultado de la evaluación refleja incumplimientos con la presencia de cláusulas abusivas e información poco clara que se brinda al consumidor al contratar dicho servicio.

Esta fiscalización se realizó para conocer y analizar el contenido en los contratos de adhesión suscritos por los consumidores, para determinar la claridad y veracidad en la información, así como la existencia de cláusulas abusivas descritas en el artículo 42 de la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, Ley Nº 7472, una posibilidad conferida por la reforma a la ley que entró en vigencia el 03 de agosto de 2023.

De los 10 comercios, uno no respondió nunca la solicitud de la información, por lo que no se logró analizar el contrato de adhesión y fue denunciado ante la Comisión Nacional del Consumidor (CNC).

En los nueve contratos analizados, con respecto a las cláusulas abusivas y a la claridad y veracidad de la información, se encontraron incumplimientos en el 90% según se describen a continuación:

Falta de claridad y veracidad en la información:

  • En ocho contratos existe información poco clara respecto de los términos contractuales.
  • En siete contratos se encontró información relevante de modo desagregado o la remisión al consumidor para que la consulte en reglamentos. Esta información forma parte integral del contrato y no debe estar desagregada.
  • En cinco contratos no se informa el precio final de manera adecuada, -es decir-, incluyendo los impuestos.
  • En dos contratos se dispone una autorización automática para el uso de los datos personales, envío de publicidad y uso de imágenes, sin que exista la posibilidad de elegir por parte del consumidor.
  • En un contrato se remite a los estados de cuenta bancaria del consumidor en sustitución de la obligación de entregar factura o comprobante de compra.
  • En un contrato se castiga al consumidor que no autorice el pago por medio de deducción automática, cobrando un precio mayor.
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