El Registro Nacional recordó a la ciudadanía que las bicimotos deben cumplir con el mismo marco normativo y los procedimientos aplicables a los vehículos automotores para su debida inscripción en el país.
La institución informó que este trámite debe ser gestionado exclusivamente por un abogado-notario público y presentado por medio de la Ventanilla Digital.
De acuerdo con el Registro Nacional, el procedimiento para la inscripción de bicimotos está establecido en el Reglamento de Bienes Muebles, específicamente en el artículo 114 del Decreto Ejecutivo N.° 44649. Además, los requisitos también pueden ser consultados en la Guía de Calificación Registral institucional, disponible en el portal web del Registro Nacional.
Entre los requisitos obligatorios se establece que el trámite debe ser realizado únicamente por un abogado-notario público y que la documentación debe ser presentada mediante la Ventanilla Digital.
La institución hizo un llamado a las personas interesadas en inscribir una bicimoto para que verifiquen previamente los requisitos técnicos y fiscales necesarios, con el fin de realizar el proceso de forma correcta.
Para más información, las personas pueden comunicarse al Centro de Contactos del Registro Nacional a los teléfonos 2202-0777 y 2202-0888, o ingresar al chat disponible en el sitio web www.rnpdigital.com.






