El cierre de junio representa un periodo clave para empresas y contribuyentes, debido al vencimiento de varias obligaciones tributarias que deben cumplirse ante la Administración Tributaria y las municipalidades.
Entre los principales compromisos se encuentran la Declaración 270 de Clientes, Proveedores y Gastos Específicos que no estén amparados en un comprobante electrónico, la Declaración 273 Informativa de Precios de Transferencia, el primer pago parcial del Impuesto sobre las Utilidades y el pago del impuesto a la patente comercial.
De acuerdo con Despacho Carvajal, el incumplimiento de algunas de estas obligaciones puede generar sanciones que superan los ₡46 millones, por lo que recomiendan a las empresas revisar con anticipación cuáles requisitos les aplican y evitar dejar los trámites para los últimos días.
La primera obligación corresponde a la Declaración 270 “Informativa Resumen Mensual de Clientes, Proveedores y Gastos Específicos que no estén amparados en un comprobante electrónico”, correspondiente al periodo 2025, cuyo plazo fue ampliado hasta el 25 de junio.
Esta declaración permite a la Administración Tributaria obtener información sobre operaciones con clientes, proveedores y determinados gastos que no cuentan con respaldo mediante comprobantes electrónicos. Además, busca contribuir con el prellenado de declaraciones.
A partir del periodo 2026, debido a su carácter mensual, se recomienda a las empresas establecer controles internos y procedimientos periódicos para recopilar y revisar la información, con el fin de reducir errores y evitar sanciones.
“La Declaración 270 cobra una relevancia especial dentro de los procesos de fiscalización de la Administración Tributaria. Por esa razón, las empresas deben implementar mecanismos que les permitan identificar oportunamente aquellas operaciones que deben reportarse y no esperar al cierre del período para recopilar la información”, explicó Silvia Castro, socia de Impuestos de Despacho Carvajal.
El 30 de junio también vence el primer pago parcial del Impuesto sobre las Utilidades para los contribuyentes cuyo periodo fiscal comprende del 1 de enero al 31 de diciembre. Este pago funciona como un adelanto del impuesto que deberá liquidarse en marzo de 2027.
Según Castro, el monto es calculado automáticamente por la Administración Tributaria y aparece en la cuenta tributaria del contribuyente en la Oficina Virtual. El cálculo se determina aplicando el 25% sobre el impuesto de renta del último periodo declarado o sobre el promedio de los impuestos de los últimos tres periodos fiscales, el que sea mayor.
“El pago parcial es un adelanto del impuesto sobre la renta que deberá cancelarse en marzo de 2027. Si al final del período el contribuyente pagó más de lo que correspondía, ese dinero no se pierde: puede utilizarse para cancelar otros impuestos o solicitar su devolución”, agregó Castro.
Otra obligación relevante es la Declaración 273 Informativa de Precios de Transferencia, correspondiente al periodo fiscal 2025, que también vence el 30 de junio. Esta debe ser presentada por grandes contribuyentes nacionales, empresas acogidas al régimen de zona franca y contribuyentes que mantengan operaciones con entidades vinculadas que superen individualmente los 1.000 salarios base, equivalentes actualmente a ₡462.200.000.
Esta declaración es de carácter informativo y no implica el pago de un tributo, pero su presentación es obligatoria para quienes cumplan con las condiciones establecidas.
Asimismo, el 30 de junio vence el pago del impuesto a la patente comercial ante la municipalidad correspondiente. Esta obligación se cancela de forma trimestral y aplica según el municipio donde esté registrado el contribuyente. En caso de incumplimiento, la autoridad cantonal deberá cobrar intereses sobre el impuesto no pagado, de acuerdo con las reglas de cada municipalidad.
Despacho Carvajal advirtió que el incumplimiento en la presentación de las declaraciones 270 y 273, o en el pago de las obligaciones tributarias correspondientes, puede generar una sanción equivalente al 2% de los ingresos brutos del periodo anterior, con un mínimo de tres salarios base, es decir ₡1.386.600, y un máximo de 100 salarios base, equivalente a ₡46.220.000.
Por esta razón, los especialistas recomiendan revisar los plazos, confirmar las obligaciones aplicables en cada caso y mantener la información contable y tributaria ordenada para evitar errores, recargos y sanciones.







