miércoles, agosto 26, 2026

LUNES 31 DE AGOSTO ES FERIADO DE PAGO NO OBLIGATORIO

cultura afrocaribeña. Cortesía ucr.ac.cr

El próximo lunes 31 de agosto será feriado de pago no obligatorio en Costa Rica, con motivo del Día de la Persona Negra y la Cultura Afrocostarricense.

El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) informó que el disfrute del feriado se mantendrá para esa misma fecha y no será trasladado.

Todas las personas trabajadoras tienen derecho a disfrutarlo, independientemente de la actividad laboral en la que se desempeñen. Sin embargo, la forma de pago dependerá de la modalidad salarial aplicada por cada empresa.

En los centros de trabajo con pago semanal y dedicados a actividades no comerciales, se cancelarán únicamente los días efectivamente laborados. Si la persona no trabaja el 31 de agosto, el patrono no está obligado a pagarle ese día.

Si trabaja durante el feriado, deberá recibir el pago correspondiente a una jornada ordinaria adicional. Las horas extra realizadas bajo esta modalidad se remunerarán a tiempo y medio.

Las empresas que pagan mensual o quincenalmente, así como los comercios con pago semanal, ya incluyen el salario de todos los días del mes, incluidos descansos y feriados.

En estos casos, si la persona trabaja el 31 de agosto, deberá recibir el salario regular más el pago de un día sencillo adicional, para completar el pago doble. Las horas extra se remunerarán a tiempo y medio sobre el valor doble, equivalente a un pago triple.

El MTSS recordó que ninguna persona está obligada a trabajar durante el feriado si no está de acuerdo y tampoco puede recibir una sanción por negarse, salvo las excepciones contempladas en los artículos 150 y 152 del Código de Trabajo.

La disposición también se aplica a empresas nacionales, transnacionales e internacionales con personal que labore en Costa Rica.